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Conceptualización y Clasificación de la Discapacidad

  • Licda. Yasmilet Rojas, Docente Especialista
  • 29 oct 2015
  • 3 Min. de lectura

En nuestro País actualmente existen dos grandes rectores de la defensa de los derechos de las personas con discapacidad desde el punto de vista legal y gubernamental, El Consejo Nacional para las personas con discapacidad (CONAPDIS) y el Ministerio del Poder Popular para la Educación MPPE; uno desde una perspectiva social y otro que intenta cubrir las necesidades educativas, ambas fundamentada en las leyes vigentes en nuestra nación.

En estos últimos tiempos hemos podido escuchar un bagaje de términos que pudieran identificar a éste colectivo, llegamos a escuchar el termino diversidad, que podría significar el principio de una nueva tendencia a vernos principalmente como personas sin necesidad de destacar las limitaciones, sin embargo cuando nos encontremos en ese momento ya no necesitaremos "etiquetas" pues la diversidad somos todos; por otro lado a nivel del MPPE se mantiene la utilización de la expresión Necesidades Educativas Especiales por ser su principal radio de acción "el educativo" sin embargo sería insuficiente pues no solo las necesidades de adecuaciones son educativas, por lo tanto el termino regente y fundamentado en nuestra actual Ley para Personas con Discapacidad ha der ser "PERSONA CON disCAPACIDAD".

A nivel educativo nos regimos por un documento denominado Conceptualización y Políticas de cada área o discapacidad y a su vez contamos con una ley que rige nuestras acciones como nación ante éste colectivo, pareciera que desde ambos documentos estamos en momentos socio históricos diferentes por la variación terminológica, pues sin embargo estamos conscientes de la necesidad de actualizar nuestras normativas y asumir lo que la ley establece. De manera tal que lo actualmente establecido seria decir PERSONA CON discapacidad”, que según el Artículo 5 de la LPCD “…Son todas aquellas personas que por causas congénitas o adquiridas presenten alguna disfunción o ausencia de sus capacidades de orden físico, mental, intelectual, sensorial o combinaciones de ellas; de carácter temporal, permanente o intermitente, que al interactuar con diversas barreras impliquen desventajas que dificultan o impidan su participación, inclusión e integración a la vida familiar y social, así como el ejercicio pleno de sus derechos humanos en igualdad de condiciones con los demás.”

Existen términos peyorativos y ofensivos que aun escuchamos en algunos ciudadanos, los cuales debemos ayudar a su extinción, y hacerle saber a la población el término actualmente permitido.

De tal manera que nos manejaríamos con las siguientes expresiones según la discapacidad de la persona:

Persona con disCPACIDAD Intelectual

Persona con disCPACIDAD Auditiva

Persona con disCPACIDAD Visual

Persona con disCPACIDAD Fisico-motora

Persona con disCPACIDAD Múltiple… y las que actualmente han causado espacios de análisis y discusión: talento superior, autismo, mental y sordoceguera

Es importante diferenciar entre diagnóstico y condición, el diagnóstico es la determinación médica de la patología, síndrome o trastorno presente en el individuo; y la condición es la categorización que como colectivo se le brinda a un grupo de patologías que permiten la identificación del mismo. Por ejemplo: la CONDICION seria Discapacidad Auditiva, el DIAGNOSTICO podría ser Hipoacusia.

En el caso de las personas con talento superior, no son estipuladas en la ley sin embargo a nivel educativo si, pues es una población que requiere adecuaciones que les permita mantenerse en la educación convencional. Las personas con Discapacidad Mental son aquellas que presentan patologías mentales que generalmente interfieren en su integración social. A las personas con autismo, muchos las incluyen en la discapacidad mental o intelectual, pues esto ha generado espacios de discusión pues no necesariamente tienen compromisos mentales ni intelectuales. En el caso de la sordo ceguera es un colectivo desatendido y asumido o por visual o por auditiva, sin embargo es una condición única que amerita ser tratada como tal.

De manera tal que mucho se ha logrado y mucho queda por hacer, pues aunque sea necesario utilizar un lenguaje técnico, lo que primero debemos asumir es que con nuestro vocabulario podemos dejar grandes huellas tanto negativas como positivas, y aunque es importante corregir nuestra expresión oral lo primero que debemos asumir es la necesidad de humanizar a la sociedad para poder entender al otro y mirarlo en todo momento como persona, pues a la final… diversos somos todos!!

No es lo físico,, ni lo tangible.

No es el color, ni la forma,

No es lo rápido, ni lo lento

No es la palabra, ni es la expresión

No es el recuerdo, ni el análisis

No es la etiqueta, ni la calificación…

es la esencia, es el amor, son las

ganas y la pasión….

Somos Todos!!!

Yasmilet Rojas

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